Presentación del informe preliminar de la Misión Internacional de Solidaridad y DD.HH
Presentación del informe preliminar de la Misión Internacional de Solidaridad y DD.HH
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La Misión se trasladó a diferentes regiones y localidades, realizó entrevistas personales, recolectó testimonios de víctimas a fin de recabar información sobre el despliegue represivo en todo el país. Finalmente recepcionó elementos probatorios en diferentes soportes, que nos permitieron acreditar la vulneración de los siguientes derechos fundamentales:
Desaparición Forzada de Persona.
Delitos contra la vida (homicidios consumados o en grado de tentativa)
Delitos contra la integridad física (lesiones oculares, lesiones varias)
Delitos contra la libertad (privación ilegal de la libertad, detenciones arbitrarias, tortura)
Delitos contra la libertad de reunión y el libre ejercicio a la protesta.
Delitos contra la propiedad (daño)
Podemos señalar el carácter de lesa humanidad de estos delitos, atento su carácter sistemático, generalizado y dirigido contra la población civil; y por lo tanto la procedencia de apertura de instancias jurisdiccionales internacionales y universales.
Este informe de carácter preliminar permite a la Misión concluir que:
* El Estado ECUATORIANO ha cometido delitos de lesa humanidad.
* El Estado ECUATORIANO debe cesar, de inmediato, en la comisión de los crímenes de lesa humanidad y acabar con las prácticas impropias de un Estado de derecho.
* Las autoridades competentes del Estado ECUATORIANO deben investigar y juzgar a los responsables de los delitos cometidos.
* Las autoridades competentes del Estado ECUATORIANO deben cesar, de inmediato, con las detenciones arbitrarias y la criminalización de la protesta social
* Las autoridades competentes del Estado ECUATORIANO deben reparar a las víctimas de los delitos cometidos.
* El Estado ECUATORIANO debe adoptar medidas urgentes y eficaces para garantizar la no repetición de los delitos cometidos.
* El Estado ECUATORIANO debe ser investigado, en las instancias internacionales pertinentes, porque, en el marco del PARO NACIONAL y, a través de sus fuerzas armadas y de seguridad, habría asesinado, torturado, lesionado la integridad física, perseguido, amenazado, intimidado y criminalizado a importantes sectores de la población civil. La criminalización y represión desatada impidió, limitó y condicionó la participación política, el derecho de reunión y el derecho a la protesta.
* El Estado ECUATORIANO debe ser investigado por haber desplegado sobre población civil indefensa, prácticas prohibidas (solamente inscriptas en la lógica bélica), disponiendo para ello de armamento sofisticado y letal, ejecutando conductas brutales e inhumanas.
* El pueblo ECUATORIANO tiene derecho a la apertura de todas las instancias jurisdiccionales, nacionales e internacionales para obtener la reparación integral, a través de la verdad y la justicia.